El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Agricultura y Riego rescató a una boa (Boa constrictor ortonii), conocida como “macanche”, que ingresó a la vivienda de una urbanización en la ciudad de Piura.
La familia de la urbanización Quinta Ana María encontró al reptil en el ambiente de los servicios higiénicos; por lo que avisaron de inmediato a los especialistas de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, órgano descentralizado del Serfor, quienes llegaron hasta el lugar para rescatarla.
De acuerdo al reporte de la ATFFS Piura se trata de una boa juvenil, en aparente buen estado corporal y de un metro de longitud, que será evaluada por médicos veterinarios para determinar si es posible el regreso a su hábitat natural.
Juan Otivo Meza, responsable de la ATFFS Piura, explicó que esta boa no es venenosa y es una subespecie endémica de los bosques secos del norte de Perú (Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Cajamarca). “Además, funciona como bioindicador, es decir su presencia indica la estabilidad del ecosistema”; señaló.
Asimismo, precisó que el macanche, o boa de costa, es un réptil en “Peligro”, de acuerdo Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI, que actualiza la lista de clasificación y categorización de las especies amenazadas de fauna silvestre.
Las causas de la disminución de su población son la destrucción de su hábitat por la expansión de las zonas urbanas, frontera agrícola y la captura ilegal para extraerle su grasa corporal y usarla como remedio, así como vender su piel. También, porque la población tiene la creencia que son venenosas, peligrosas y las ataca hasta matarlas.
En ese sentido, el SERFOR recomienda a la población que informe a las autoridades la presencia de este animal silvestre u otros. Asimismo, denuncien el tráfico ilegal, porque la compra de un animal atenta contra el bienestar del espécimen, los bosques y todo su ecosistema. Además, son trasladados en condiciones no saludables.
Cabe recordar que la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece como infracciones muy graves “cazar, poseer, adquirir, comercializar, exportar, transportar recursos de fauna silvestre sin la autorización de la autoridad competente o, que provengan de centros no autorizados”. La sanción implica el pago de una multa.
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