Close Menu
    Lo nuevo

    Huancabamba: dos adultos mayores sobreviven a aparatoso accidente en la vía a Canchaque

    30 junio, 2025

    Radiación UV en invierno: EsSalud advierte sobre riesgos para la piel pese a días nublados

    30 junio, 2025

    Encuentran restos óseos en la carretera Piura–Chulucanas y activan investigación policial

    30 junio, 2025

    Malos vecinos arrojan basura a redes de desagüe en Catacaos

    30 junio, 2025
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Trending
    • Huancabamba: dos adultos mayores sobreviven a aparatoso accidente en la vía a Canchaque
    • Radiación UV en invierno: EsSalud advierte sobre riesgos para la piel pese a días nublados
    • Encuentran restos óseos en la carretera Piura–Chulucanas y activan investigación policial
    • Malos vecinos arrojan basura a redes de desagüe en Catacaos
    • Piura: Adultos mayores muestran sus talentos en feria organizada por comité vecinal
    • EPS Grau restablece distribución de agua potable desde el reservorio Buenos Aires
    • Enosa: prevención y seguridad en Fiestas Patrias
    • Horacio Melgarejo: “A partir de la agresividad futbolística que tuvo el rival, se nos escapó el partido”
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Walac NoticiasWalac Noticias
    martes, julio 1
    • Portada
    • Actualidad
    • Perú
    • Economía
    • Política
    • Tendencias
    • Deportes
    Walac NoticiasWalac Noticias
    Home»Actualidad
    Actualidad

    Solo el MTC establece sanciones por infracciones de tránsito

    Mario Moncada10 mayo, 2016
    Facebook Twitter WhatsApp LinkedIn
    Síguenos
    X (Twitter) TikTok
    Foto: Referencial
    Comparte
    Facebook Twitter WhatsApp LinkedIn

    El Tribunal Constitucional ha precisado que las municipalidades provinciales tienen la competencia exclusiva para normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no y para supervisar el servicio público de transporte urbano de pasajeros. Sin embargo, también ha recordado que solo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) tiene competencia para establecer las sanciones que corresponden a cada infracción. Así lo estableció en la STC Exp. Nº 03244-2013-PA/TC.

    Para llegar a su primera determinación, recordó que la Ley de Bases de la Descentralización (Ley Nº 27783) señala como competencia exclusiva de los gobiernos locales desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulación y tránsito. También tuvo presente que la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972) establece que las municipalidades provinciales son competentes para normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos, y otros de similar naturaleza, y reconoce que ellas pueden supervisar el servicio público de transporte urbano dentro de su jurisdicción.

    Además, la política nacional sobre transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, regulada en la Ley Nº 27189, prescribe que el vehículo automotor menor apto para el transporte especial de pasajeros es aquel que tiene tres ruedas y está acondicionado para el transporte de personas o carga. La misma ley precisa que el servicio de transporte público solo podrá prestarse luego de obtener autorización del municipio correspondiente.

    Únete al canal de WhatsApp

    La demanda de amparo que originó la expedición de esta sentencia, fue interpuesta por una asociación de motociclistas de la ciudad de Piura, quienes solicitaban que se les inaplique la Ordenanza Municipal Nº 114-00-CMPP, a través de la que se restringió el ingreso y la circulación de motos lineales a determinada zona del centro de la indicada ciudad.

    Como se recuerda, el proceso de amparo solo procede contra normas autoaplicativas (art. 3 del Código Procesal Constitucional), que son las normas que no requieren de actos posteriores a su entrada en vigencia para producir efectos.

    El Colegiado estimó que ese era el caso de la ordenanza en cuestión, pues incide de manera inmediata en la esfera de interés de la asociación demandante, ya que la prohibición que contiene hace imposible que sus afiliados continúen brindando el servicio de transporte público de pasajeros en motocicletas sin la autorización respectiva.

    La norma en cuestión establecía, además, las sanciones de multa (30 % de la UIT) y de retención de licencia de conducir hasta que se cancele la multa, más el internamiento del vehículo por treinta días (si se trabaja de la primera infracción de esa naturaleza), por sesenta, si era la segunda y por noventa si el trasgresor tenía más de dos sanciones por la misma infracción.

    El Colegiado entendió que la Municipalidad Provincial de Piura, ejerciendo de manera legítima sus competencias, y ante la práctica ilegal de prestar el servicio de transporte público de pasajeros en motocicletas, prohibió el ingreso, circulación y estacionamiento de estos vehículos en el centro de la ciudad y, con ello, proscribió el servicio de transporte público especial de pasajeros en estos vehículos, lo que no lesiona derechos fundamentales.

    Pese a lo anterior, el TC señaló que, en virtud del principio de taxatividad en materia de determinación de competencias, los gobiernos locales (que incluye a las municipalidades provinciales) solo son competentes para regular la circulación de vehículos menores, pero no para establecer infracciones y sanciones de tránsito.

    En ese sentido, recordó que los artículos 189 y 195 de la Constitución, 26, literal a, de la Ley de Bases de la Descentralización, y 1.1, 11, 16, literal a, y 17.1, literal a, de la Ley General de Transporte asignan esta competencia, en forma exclusiva, al Gobierno Nacional a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    Por ello, declaró que la retención de la licencia de conducir y el internamiento del vehículo son medidas impuestas por órgano incompetente, lo que lesiona el principio de legalidad sancionadora. En consecuencia, declaró fundada la demanda respecto a este extremo de la ordenanza en cuestión y la declaró inaplicable a los miembros de la asociación demandante. (Tomado del Portal http://laley.pe/index.html)

    Actualidad Jurisprudencia Ministerio de Transporte Motocicletas Piura Tribunal Constitucional
    Foto del avatar
    Mario Moncada
    • Website
    • Facebook
    • X (Twitter)
    • Instagram
    • LinkedIn

    Comunicador y emprendedor, apasionado en el arte de la comunicación como lenguaje del liderazgo, pues para emprender con éxito necesitas comunicar de forma efectiva.

    Seguir leyendo

    Huancabamba: dos adultos mayores sobreviven a aparatoso accidente en la vía a Canchaque

    30 junio, 2025

    Radiación UV en invierno: EsSalud advierte sobre riesgos para la piel pese a días nublados

    30 junio, 2025

    Encuentran restos óseos en la carretera Piura–Chulucanas y activan investigación policial

    30 junio, 2025

    Malos vecinos arrojan basura a redes de desagüe en Catacaos

    30 junio, 2025

    Piura: Adultos mayores muestran sus talentos en feria organizada por comité vecinal

    30 junio, 2025

    EPS Grau restablece distribución de agua potable desde el reservorio Buenos Aires

    30 junio, 2025
    Lás últimas

    Huancabamba: dos adultos mayores sobreviven a aparatoso accidente en la vía a Canchaque

    30 junio, 2025

    Ministro de Justicia evalúa reapertura del Penal de Ayabaca ante hacinamiento carcelario

    28 junio, 2025

    Por fallas en la EBAR San José, 14 sectores de Piura no tendrán el servicio de agua por una semana

    27 junio, 2025

    Piura arranca el año con buen ritmo: economía crece un 5,7 % en los primeros tres meses

    26 junio, 2025

    Piura exporta más de 36 mil toneladas de pota a Europa y Japón por un valor de 61 millones de dólares

    25 junio, 2025

    Sicarios acaban con la vida de motociclista en la carretera Piura–Catacaos

    24 junio, 2025
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Noticias

    • Portada
    • Actualidad
    • Perú
    • Economía
    • Política
    • Tendencias
    • Deportes

    Contacto

    Escríbenos: [email protected] / [email protected]

    Teléfono: (+51) 982160600

    © 2025 Walac Noticias. Potenciado por Távara Digital.
    • Privacy Policy
    • Terms
    • Accessibility

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.