El expresidente Pedro Castillo Terrones escuchó el jueves 27 de noviembre el veredicto de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, conformada por los magistrados Norma Carbajal Chávez, José Neyra Flores e Iván Guerrero López. La audiencia comenzó a las 9 a.m. con la lectura de un último recurso presentado por su defensa, que buscaba detener el pronunciamiento final. Sin embargo, el pedido fue desestimado de inmediato, ya que la etapa de debate había concluido hace semanas.
Tribunal declara probado el delito de rebelión
Tras rechazar el intento de nulidad, la Sala anunció que encontró acreditado que Castillo incurrió en rebelión durante los hechos del 7 de diciembre de 2022. Por ello, lo condenó a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión efectiva. Además se le impuso dos años de inhabilitación para ejercer cargos públicos. En paralelo, se le absolvió del delito de abuso de autoridad.
La Fiscalía solicitó una pena mucho mayor: 34 años de cárcel por rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública; o, de manera alternativa, 19 años si el tribunal optaba por la figura de conspiración. El fallo no acogió ninguna de esas pretensiones.
Castillo seguirá recluido en Barbadillo
Aunque la Sala dispuso la ejecución inmediata de la condena, esto no implicará un traslado penitenciario. Castillo permanece en el penal de Barbadillo cumpliendo una prisión preventiva de 36 meses. Por ello, continuará recluido allí mientras se ejecute la sentencia o hasta que un nuevo pronunciamiento judicial modifique su situación.
Sentencias para exministros: Chávez, Torres y Huerta
La resolución también incluyó las decisiones respecto a los exministros involucrados:
- Betssy Chávez: recibió la misma pena que Castillo —11 años, 5 meses y 15 días de prisión— y dos años de inhabilitación.
- Aníbal Torres: por su avanzada edad, la Sala aplicó una reducción y fijó 6 años y 8 meses de prisión.
- Willy Huerta: condenado igualmente a 11 años, 5 meses y 15 días, más dos años de inhabilitación.
En el caso de Torres y Huerta, al haber asistido a todas las audiencias y no evidenciar riesgo de fuga, se dispuso la suspensión provisional de la pena efectiva mientras continúa el proceso.
Sala detalla participación de cada exfuncionario
El tribunal explicó que Chávez tuvo un rol determinante en la coordinación previa al mensaje presidencial según los elementos que revelan que conocía de antemano el contenido del anuncio que buscaba cerrar el Congreso.
Sobre Torres, los magistrados señalaron que, desde su posición como jefe del gabinete de asesores de la PCM, colaboró directamente en la elaboración del mensaje que rompía el orden constitucional.
En el caso de Huerta, la Sala consideró probado que facilitó comunicaciones entre Castillo y el entonces comandante general de la Policía con la finalidad de ejecutar órdenes ilegales vinculadas al cierre del Congreso y la intervención a la fiscal de la Nación.
Motivación del fallo: existencia de un plan concertado
La jueza ponente, Norma Carbajal, sostuvo que los testimonios, comunicaciones y documentos evaluados forman un conjunto coherente que demuestra la existencia de una planificación destinada a quebrar el orden constitucional en diciembre de 2022. Con ese sustento, la Sala concluyó que los hechos configuran un delito consumado de rebelión.

