La presidenta de la República, Dina Boluarte, promulgó la Ley N° 32330, aprobada por el Congreso de la República, que modifica el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes para permitir que personas de 16 y 17 años puedan ser procesadas penalmente como adultos en una lista de delitos graves.
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La norma, publicada el sábado en el diario oficial El Peruano, incorpora a este grupo etario como imputables dentro del sistema penal ordinario en casos de delitos como homicidio, feminicidio, trata de personas, violación sexual, extorsión, sicariato, robo agravado, tráfico ilícito de drogas, entre otros.
De acuerdo con el texto legal, si el adolescente tiene entre 16 y menos de 18 años y comete alguno de los delitos listados, se le aplicará responsabilidad penal ordinaria. Esta reforma modifica los artículos 20 y 22 del Código Penal y tres disposiciones del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.
Entidades del sistema de justicia advierten inconstitucionalidad
Tras la promulgación de la norma, instituciones como el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo expresaron su rechazo, señalando que la ley contradice la Constitución y tratados internacionales en materia de derechos humanos.
El Poder Judicial sostuvo que la Ley N° 32330 es incompatible con el artículo 4 de la Constitución Política del Perú, que establece protección especial para los adolescentes, así como con la Cuarta Disposición Final y Transitoria, que obliga a interpretar los derechos fundamentales conforme a los tratados internacionales.
Además, la institución indicó que esta ley contraviene la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece la necesidad de un sistema de justicia juvenil orientado a la reintegración social y la rehabilitación.
El Ministerio Público, por su parte, señaló que el país ya cuenta con un sistema de sanciones para adolescentes infractores, que contempla medidas socioeducativas con hasta 10 años de internamiento, dentro de un enfoque resocializador. Agregó que la nueva ley «no guarda coherencia con el ordenamiento legal peruano e internacional» y representa un retroceso en la protección de la niñez y adolescencia.
Defensoría del Pueblo presentará demanda ante el Tribunal Constitucional
La Defensoría del Pueblo anunció que interpondrá una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 32330 ante el Tribunal Constitucional. Argumenta que la norma vulnera el principio del interés superior del niño, reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño, y que ignora la evidencia científica sobre el desarrollo neurológico y psicológico de los adolescentes.
También advirtió que esta legislación desconoce los estándares internacionales y el marco normativo vigente en el país, que establecen un sistema de justicia especializado para menores de edad.
La Defensoría señaló que la ley carece de respaldo técnico y fue observada por entidades como el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Colegio de Abogados de Lima.