Finalmente el Ejecutivo publicó la Ley N.º 31458 que reconoce a las ollas comunes y garantiza su sostenibilidad, financiamiento y el trabajo productivo de sus beneficiarios. Esta medida promoverá su emprendimiento.
La ley, aprobada el pasado 7 de abril en sesión del pleno del Congreso, tiene por objetivo reconocer las iniciativas ciudadanas de apoyo o atención alimentaria denominadas ollas comunes como organizaciones sociales de base; que pueden ser de carácter temporal o permanente.
Con lo mencionado se busca garantizar su sostenibilidad y financiamiento temporal en situaciones de emergencia por desastres naturales, emergencia sanitaria o de graves circunstancias que afecten la vida de la nación; así como fomentar el trabajo productivo de sus beneficiarios, promoviendo su emprendimiento.
Se indica además que la presente ley es aplicable a todas las ollas comunes; así como las similares iniciativas ciudadanas de apoyo, constituidas y registradas en el Registro Único Nacional de Ollas Comunes.
Financiamiento
Respecto a su financiamiento, la norma establece otras fuentes además del autofinanciamiento y las donaciones a cargo del sector privado.
Así, autoriza a los gobiernos locales, al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y a los demás ministerios, de corresponder. Ello, para que puedan realizar modificaciones presupuestarias y destinar recursos; los cuales financiarán total o parcialmente la adquisición y distribución de alimentos dirigidos a las ollas comunes.
“Excepcionalmente, el Ministerio de Economía y Finanzas puede habilitar con recursos presupuestales al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para que; mediante el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, realice la adquisición de alimentos que serán distribuidos a los beneficiarios señalados en la presente ley”, señala la norma.
También precisa que, de manera excepcional; cuando se requiera, para la financiación de la participación de las Fuerzas Armadas en el traslado de los bienes (productos o alimentos) se aplica lo previsto en la normativa vigente según la disponibilidad presupuestal.
Asimismo, establece que el Ministerio de Salud aprueba o actualiza; según corresponda, los documentos técnicos para la orientación sobre condiciones sanitarias y aspectos nutricionales para las ollas comunes.
En otro de sus artículos indica que la Contraloría General de la República, a través de sus órganos de control; dispone el control concurrente de las ollas comunes en cada gobierno local cuando se disponga de su funcionalidad y; al término de la declaratoria de emergencia; remite un informe al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República.
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