Los laboratorios y droguerías que cuenten con la autorización sanitaria para operar como tal podrán importar y comercializar las próximas vacunas contra el COVID-19. Así lo estipula la nueva norma del Poder Ejecutivo.
A través del Decreto Supremo Nº 002-2021-SA, publicado el 10 de enero en el diario oficial “El Peruano”, se aprobó el Reglamento para el Registro Sanitario Condicional de Medicamentos y Productos Biológicos.
Este establece, entre otras medidas, la posibilidad de distribuir las vacunas a través del sector privado.
Para ello, las empresas deberán tener un registro sanitario condicional, instrumento legal otorgado por la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM). La misma que autoriza la fabricación, importación, almacenamiento, distribución, comercialización, dispensación, expendio o uso de dichos medicamentos.
La norma precisa que el registro sanitario tendrá una vigencia de un año y será otorgada para los medicamentos que cuenten con estudios clínicos en fase III con resultados preliminares.
Además, que permitan la prevención y tratamiento de enfermedades gravemente debilitantes o potencialmente mortales, reconocidas por el Gobierno o por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
“Con esta ley están dejando la ventana abierta a que, si es que no se consigue la vacuna al momento, el privado lo pueda tener”. Así lo comentó a Correo, Sandro Stapleton, presidente de la Comisión de Salud, de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
“El laboratorio no está obligado a vendérselo solo al Ejecutivo. El registro sanitario a ti te da la titularidad y la responsabilidad del producto”, precisó.
¿Cuándo podría el sector privado traer las vacunas?
Según Stapleton, la aprobación de los registros sanitarios suele demorar un cierto tiempo. A pesar de que serán difíciles las gestiones también con el exterior, durante este año podría despertarse el interés por parte de algunas compañías.
Esto, dependiendo de la evolución sobre la aprobación y regulación de las vacunas, además de su nivel de eficacia y tiempo de duración de la inmunización.
Sin embargo, consideró que esta ley estaría pensada en que los laboratorios puedan animarse a adquirir las vacunas a partir del 2022.
Por ello, se estaría dejando el terreno listo, previo aún a definirse algunos puntos referidos a los registros sanitarios que utilizará el Estado con las farmacéuticas a las que ha solicitado estos productos.
“Se está pensando en un futuro, de aquí al 2022, porque tampoco se sabe el tiempo de duración de la efectividad de la vacuna. No se sabe si van a ser anuales, bianuales, si la inmunidad dura. Si (desde el Gobierno) todos los años van a tener que estar cubriendo la vacuna. Tiene que haber también otras posibilidades desde el sector privado y en algún momento va a pasar”, apuntó.