Por seguridad proponen regular servicios de taxi por aplicación

Se pretende que conductores que utilicen estos aplicativos no hayan sido condenados por delitos de violación, homicidio, hurto o feminicidio.

Foto: El Comercio Peru

La iniciativa contenida en el Proyecto de Ley N° 2218/2017-CR presentado ante el Congreso de la República el 06 de diciembre de 2017, tiene como objetivo crear una regulación que coadyuve a dinamizar la economía bajo estándares de seguridad, confiabilidad, calidad y seguridad en el servicio, procurando que las entidades administradoras de plataformas tecnológicas, operadores y usuarios del servicio de taxi estén plenamente identificados a efectos de reducir índices de criminalidad, inseguridad y estafa electrónica.

La legislación actual no contempla una regulación de servicios de plataformas tecnológicas para la contratación del servicio de transporte especial. En tal sentido, se plantea que las entidades administradoras de plataforma tecnológicas deban registrarse ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y así crear el Registro Nacional de Entidades Administradoras de Plataformas Tecnológicas.

Se pretende que conductores que utilicen estos aplicativos no hayan sido condenados por delitos de violación, homicidio, hurto o feminicidio.

La información que obre en el referido registro sería compartida con el Ministerio del Interior y con la Municipalidad Provincial que autorizó el servicio especial de taxi para efectos de control e identificación de los operadores y usuarios. Asimismo, se establecerían ciertos requisitos para poder inscribirse.

Por otro lado, el administrador y/o representante legal encargado de la administración de la plataforma tecnológica, sería el responsable por el correcto funcionamiento del servicio, así como de efectuar su respectivo registro para poder operar en el país. La omisión de registro generaría responsabilidades administrativas, civiles o penales que fueran pertinentes.

Respecto a la fiscalización, serían competentes el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Municipalidad Provincial, el Instituto Nacional de la calidad – INACAL, el Indecopi y el Ministerio del Interior.

Fuente: La Ley