¡No puede entrar, su ropa es inapropiada! , dice firmemente el  uniformado. El policía que está a su costado revisa imperturbable su celular.  ¡Hay un reglamento interno que lo prohíbe!, insiste, mientras se asegura de haber cerrado bien la reja. Una reja y rostros adustos de dos vigilantes y un policía representarán para una adolescente la discriminación por indumentaria.

Izamar no llega quizá a los quince años de edad pero ya experimentó la frialdad de la mala administración de una norma interna de una institución del estado ; y saboreó la amarga experiencia de que alguien valiéndose del poder del uniforme y la vara, te prohíba el ingreso a un lugar público. El policía seguía ahí, sin hacer nada más que revisar su celular.

Una llamada telefónica la sacó rauda de su entrenamiento de fútbol. Sí, de fútbol. Una organización internacional la estaba esperando para reconocer su trabajo voluntario con niños pobres y entregarle una donación para los niños que atiende. A su edad, muchas chicas piensan en usar sus horas libres para chatear en facebook o buscar pokemones. Ella sirve como voluntaria para mejorar la sociedad.

No tuvo tiempo de cambiar su ropa de deporte. Era la oportunidad para hablar por los niños que ayuda. Sin embargo, cuando llegó al edificio donde la esperaban, los vigilantes le impidieron el ingreso, exponiéndola en la calle, sola y sin saber que hacer. Allí estuvo varios minutos comiéndose las uñas nerviosamente, sin saber para donde ir.

Así somos de hipócritas, impedimos que una niña en short ingrese para ser premiada por su trabajo con niños, pero bien que marchamos gritando respeto a las mujeres con pancartitas bonitas y con el pechito henchido. Ni la ropa, ni las costumbres son trabas para que las puertas de una institución del estado se cierren, más aun si es para reconocer un trabajo voluntario que cubre las necesidades que el estado no atiende. Es importante educar el carácter de quienes vigilan las entradas a las instituciones para que ellos afinen su criterio al momento de administrar el cumplimiento de las normas.

La ley protege a Izamar contra a discriminación, el código penal en su artículo 323 lo señala,  la Ordenanza Provincial Nº 161 del 2014 de la Municipalidad de Piura y la Ordenanza Regional  Nº 351 del 2015 ratifican la prohibición de la discriminación en todo Piura.